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Economía

Ministerio de Trabajo oficializa incremento salarial para operadores de maquinaria agrícola pesada

Ministerio de Trabajo oficializa incremento salarial para operadores de maquinaria agrícola pesada

El Ministerio de Trabajo informó sobre un incremento del veinticinco por ciento en el sueldo mínimo destinado a los operadores de equipos pesados en el sector agrícola nacional. Esta medida quedó establecida formalmente a través de la Resolución número 11/2026, emitida por el Comité Nacional de Salarios tras una sesión celebrada el pasado veintitrés de septiembre.

El titular de la institución, Eddy Olivares Ortega, indicó que este ajuste salarial se logró mediante un consenso tripartito entre los sectores laboral, empresarial y estatal. Según el funcionario, el acuerdo refleja la efectividad del diálogo social para optimizar el bienestar de la fuerza laboral y apoyar el crecimiento de las áreas productivas del país.

Con la nueva normativa, el ingreso mínimo mensual para estos operarios pasa de veintidós mil a veintisiete mil quinientos pesos en todo el territorio dominicano. La resolución también contempla una actualización del veinticinco por ciento en las tarifas aplicadas a diversas labores del campo, tales como el corte de arado, fangueo, siembra, fumigación y recolección de cosechas.

Dentro de la estructura de pagos actualizados se fijaron montos específicos por rendimiento, destacando veintitrés pesos con setenta centavos por tarea en el corte de arado y ciento dieciséis pesos con cincuenta y tres centavos por tarea en las labores de fangueo. Asimismo, se establecieron tarifas de dieciséis pesos con ochenta y ocho centavos por saco para la recolección de arroz y maíz, y de ocho pesos con treinta y ocho centavos por saco para el sorgo.

La disposición normativa especifica que los ayudantes, tractoristas de acarreo y guardianes de equipos percibirán el salario mínimo fijado para el sector privado no sectorizado. Adicionalmente, se obliga a los empleadores a documentar el registro diario de las horas laboradas por cada empleado en sus respectivas jornadas.

Aquellos trabajadores que ya recibían una remuneración superior a la nueva tarifa conservarán sus montos actuales, según lo estipulado en el artículo doscientos diecisiete del Código de Trabajo. El ministro concluyó señalando que estas revisiones periódicas buscan elevar la calidad de vida de las familias trabajadoras y preservar un entorno favorable para la producción y la inversión.

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