Namphi Rodríguez califica de trascendental sentencia del Tribunal Constitucional sobre pensiones de discapacidad
El abogado constitucionalista Namphi Rodríguez valoró la sentencia TC/0305/25 emitida por el Tribunal Constitucional, la cual anuló las disposiciones de la Resolución 569-03 del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) que imponían un límite de edad y un plazo de prescripción para acceder a las pensiones por discapacidad y sobrevivencia.
Rodríguez, quien fungió como abogado ponente de la acción de inconstitutionalidad junto al fenecido jurista Domingo Porfirio Rojas Mina y a Julián Serulle, destacó que el fallo sienta un precedente en la materia y ratifica que el derecho a una pensión digna es fundamental, por lo que no puede subordinarse a restricciones administrativas que vulneren la igualdad, progresividad y no discriminación.
El alto tribunal determinó que la normativa del CNSS contravenía el artículo 51 de la Ley 87-01 de Seguridad Social al mantener un límite de edad de 65 años que no protege a las personas de la tercera edad. Asimismo, el TC consideró irracional y breve el plazo de dos años fijado por la Resolución 186-01 para prescribir las reclamaciones, especialmente para quienes padecen problemas de salud.
El jurista resaltó que durante el recurso sostuvieron la tesis de que el derecho a la seguridad social es imprescriptible por su naturaleza fundamental. Además, calificó el fallo como digno y justo para la defensa de los sectores vulnerables.
Finalmente, Rodríguez señaló que la decisión fortalece la institucionalidad democrática al determinar que los aspectos esenciales del régimen de seguridad social solo pueden regularse mediante ley orgánica y no por vía reglamentaria. En ese sentido, exhortó a las autoridades del sistema a revisar sus normativas internas para adecuarlas al precedente constitucional.