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Raquel Peña promulga la nueva normativa que regula el sector de los juegos de azar

Raquel Peña promulga la nueva normativa que regula el sector de los juegos de azar

La vicepresidenta de la República, Raquel Peña, promulgó la ley destinada a establecer una nueva regulación para las operaciones de juegos de azar en el país. El Ministerio de Hacienda y Economía indicó que la promulgación se efectuó el 22 de septiembre, una semana después de haber sido convertida en ley.

El Senado de la República había aprobado previamente la pieza legislativa el 16 de septiembre. La actuación de la vicemandataria se llevó a cabo bajo las facultades otorgadas por el artículo 129 de la Constitución, en un momento en que el presidente Luis Abinader cumplía agenda en la ciudad de Nueva York.

Antes de su promulgación, diversos colectivos y figuras públicas, entre ellos la Asociación Nacional de Bancas Deportivas, la Red de Ciudadanos contra la Corrupción y varios comunicadores, pidieron al Poder Ejecutivo que observara el texto legal, enfocándose en asuntos como los juegos hípicos, las distancias entre locales y el crecimiento de las máquinas tragamonedas.

Uno de los apartados principales de la normativa prohíbe la instalación de nuevos establecimientos de juegos de azar durante un plazo de diez años a partir de su entrada en vigor. Dicha disposición pretende otorgar tiempo a la Dirección General de Juegos de Azar para ordenar los comercios que ya operan.

La referida Dirección General funcionará como un nuevo organismo dependiente del Ministerio de Economía y Hacienda, encargado de fiscalizar y supervisar todo lo concerniente a este sector comercial en el territorio nacional.

La legislación contempla una excepción para los casinos situados en complejos hoteleros y zonas turísticas, los cuales quedan autorizados para instalarse sin tomar en cuenta las restricciones temporales del nuevo marco legal.

Asimismo, la normativa impone restricciones geográficas a los centros de apuestas, prohibiendo su ubicación a una distancia menor de 500 metros de centros educativos, universidades, recintos militares y policiales, estancias infantiles, centros de atención a la discapacidad, hospitales, clínicas, templos religiosos y las sedes principales de los poderes estatales y órganos extrapoder.

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