Tribunal Constitucional rechaza recurso de revisión interpuesto por Telemicro

El Tribunal Constitucional de la República Dominicana tomó la determinación de declarar inadmisible un recurso de revisión. Este recurso estaba vinculado a una sentencia de amparo de cumplimiento.
La acción legal fue interpuesta por la sociedad Corporación de Televisión y Microondas Rafa, conocida como Telemicro. El proceso se dirigió contra el Instituto Dominicano de Telecomunicaciones, su Consejo Directivo y la empresa Franasyl.
El origen de este conflicto judicial se remonta a una acción presentada por Telemicro ante la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo. Dicho tribunal emitió la sentencia identificada con el número 0030-02-2026-SSEN-00175.
El fallo de la mencionada sala fue emitido el 24 de marzo de 2026. En esa ocasión, la acción legal interpuesta por la empresa televisiva fue declarada como improcedente.
Con su demanda inicial, Telemicro buscaba que se ordenara la suspensión de la promoción, el uso, la transmisión y la retransmisión del Canal 3 Virtual. La titularidad de este canal corresponde a la empresa Franasyl.
Ante el resultado adverso en el tribunal inferior, la parte afectada decidió acudir ante el Tribunal Constitucional. El objetivo era lograr la revisión de la sentencia de amparo de cumplimiento.
Tras el estudio del caso, el pleno del Tribunal Constitucional dictaminó la inadmisibilidad del recurso presentado, ratificando de este modo la decisión que había sido emitida previamente en el proceso.